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CifraClara

Calculadora de finiquito e indemnización

Calcula lo que te tiene que pagar la empresa al terminar tu contrato: el finiquito y, si te corresponde, la indemnización.

Normativa 2026 Sin registro Al instante

€
días

30 naturales por ley

días

Total a cobrar (bruto)

13.746,26 €

Finiquito + indemnización

Salario del último mes (30 días)
1.714,29 €
Vacaciones no disfrutadas (14,99 días)
985,40 €
Paga de Navidad (proporcional)
1.427,79 €
Paga de verano (proporcional)
577,69 €
Finiquito
4.705,17 €
Indemnización (137,5 días de salario)
9.041,10 €

El finiquito tributa IRPF y cotiza a la Seguridad Social. La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta el límite legal. Supone pagas extra de devengo anual; tu convenio puede ser distinto.

Cómo se calcula Fórmulas, tablas oficiales y ejemplos

Qué incluye el finiquito

  • Los días trabajados del último mes que todavía no te han pagado.
  • Las vacaciones generadas y no disfrutadas. Por ley son 30 días naturales al año, que se generan día a día.
  • La parte proporcional de las pagas extra, si cobras 14 pagas. Si las tienes prorrateadas en la nómina, ya las has cobrado.
  • Cualquier otra cantidad pendiente: horas extra, comisiones, dietas…

Indemnización según el motivo

MotivoIndemnizaciónMáximo
Despido improcedente33 días por año24 mensualidades
Despido objetivo20 días por año12 mensualidades
Fin de contrato temporal12 días por añoSin máximo
Despido disciplinario procedente0—
Baja voluntaria0—

El salario diario se calcula dividiendo el salario bruto anual (con pagas extra) entre 365. Los periodos de menos de un año se prorratean por meses, y cualquier fracción de mes cuenta como un mes completo.

Contratos anteriores al 12 de febrero de 2012

Si te despiden de forma improcedente y empezaste antes de la reforma laboral de 2012, se calcula en dos tramos: 45 días por año hasta el 11 de febrero de 2012 y 33 días por año desde entonces. El máximo es de 720 días, salvo que el primer tramo ya lo supere (con un tope de 42 mensualidades). La calculadora lo hace automáticamente.

Impuestos

El finiquito tributa IRPF y cotiza a la Seguridad Social como cualquier nómina. La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta el importe obligatorio por ley (con un máximo de 180.000 €). La indemnización por fin de contrato temporal no está exenta.

Dudas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre finiquito e indemnización?

El finiquito se cobra siempre que termina una relación laboral, incluso si te vas tú: es lo que la empresa te debe (días trabajados, vacaciones y pagas extra). La indemnización solo se cobra en algunos casos, como el despido o el fin de un contrato temporal.

¿Tengo que firmar el finiquito?

Puedes firmarlo añadiendo "no conforme" junto a tu firma si no estás de acuerdo o no has podido revisarlo. Así conservas el derecho a reclamar.

¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagarlo?

Lo normal es pagarlo el último día de trabajo o con la última nómina. Si no te lo pagan, puedes reclamar durante un año.

¿Cuánto me corresponde por despido improcedente?

33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Si tu contrato es anterior al 12 de febrero de 2012, ese periodo se calcula a 45 días por año.

¿Si me despiden por despido disciplinario cobro algo?

Cobras el finiquito, pero no indemnización. Si recurres y el juez lo declara improcedente, te corresponden 33 días por año (o la readmisión).

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Resultados orientativos según la normativa general de 2026. Tu convenio, tu comunidad autónoma o tu situación personal pueden cambiarlos; para decisiones importantes, consulta con un profesional.